Redacción
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México emitió una Recomendación a la Secretaría de Salud estatal, en la que solicita a esta autoridad indemnizar a una paciente, la cual pese a contar con Seguro Popular le fue negada la atención en el Hospital General de Cuautitlán, cuando iba a dar a luz, además de padecer de un trato descortés y humillante por parte del personal médico.
En la indagatoria de la defensoría de los derechos humanos se determinó que tampoco hubo disposición para referirla a otro centro hospitalario. Por lo tanto, la mujer tuvo que acudir a un hospital privado donde generó gastos imprevistos, mismos que ahora deberán ser cubiertos por la Secretaría de Salud que encabeza César Nomar Gómez Monge.
Según estableció la CODHEM en su Recomendación 11/2013, se comprobó que fueron vulnerados los derechos humanos a la protección de la salud, a la atención médica y al disfrute del máximo nivel posible de salud de la paciente.
Con el propósito de que estas situaciones se repitan, recomendó al secretario de Salud, César Gómez Monge, establecer un mecanismo para ordenar al personal adscrito a las Unidades Médicas, que previa valoración y asistencia sanitaria, en los casos que resulte necesario, realicen el procedimiento debido para que si no se puede brindar la ayuda en un determinado hospital de la Secretaría, los pacientes sean referidos a la brevedad a otro nosocomio público, a fin de que ninguna persona se quede sin ser atendida.
El ombudsman mexiquense pidió que se impartan cursos integrales de capacitación sobre el derecho humano a la salud al personal del Hospital General de Cuautitlán “José Vicente Villada”, considerando su protección y atención, así como el trato digno y respetuoso que deben recibir todos los pacientes.
Los hechos que motivaron la Recomendación ocurrieron cuando una mujer con embarazo gemelar de 36 semanas tuvo una complicación, por lo que paramédicos de la Cruz Roja la trasladaron al mencionado hospital general de Cuautitlán, donde se le diagnosticó una ruptura de membranas de dos horas y media de evolución.
Sin embargo, al arribar a este inmueble, donde debió ser atendida por ser beneficiaria del seguro popular, el médico Isidro Piña Torres le negó el servicio argumentando diferentes causas como la falta de tiempo quirúrgico así como del servicio de cuidados neonatales.
En esos momentos, el galeno debió elaborar un pase para otro centro hospitalario que atendiera a la señora, pero no lo hizo.
Otra de las irregularidades que documentó la CODHEM a lo largo de las investigaciones derivadas del acta CODHEM/TLAL/514/2012, fue que la médica María Eréndira Itami Sordo le negó la atención clínica de manera descortés y humillante, forzándola a retirarse del nosocomio.
La paciente y sus familiares acudieron a un hospital particular, donde tuvieron que hacer una erogación que no debían realizar, pues la señora está inscrita en el seguro popular y las complicaciones que presentaba ponían en riesgo su integridad y primordialmente su derecho a la vida.
Aunado a ello, la Comisión evidenció que al estar afiliada al seguro popular, la agraviada debió recibir por parte del Estado la atención médica y tener a su alcance servicios médicos-quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios que satisficieran integralmente sus necesidades.