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Operativos. Arrestos.

Redacción

Los diputados locales del estado de México aprobaron ayer reformas a diversas disposiciones legales para obligar a los ayuntamientos a brindar mejores condicionales laborales a los cuerpos de bomberos; también se autorizó el arresto a automovilistas que conduzcan en estado de ebriedad o sobrepasen los niveles de alcohol permitido.

Este viernes, el pleno del Congreso local retomará la sesión plenaria del primer periodo extraordinario de sesiones para  avalar todos y cada uno de los dictámenes que han sido aprobados ya en comisiones desde el martes a la fecha.

Ayer, las comisiones unidas de Legislación y administración municipal, avalaron reformas a la Ley Orgánica Municipal encaminadas a proteger a los cuerpos de bomberos en cada uno de los municipios.

De acuerdo con la iniciativa turnada por el gobernador Eruviel Ávila, los municipios que tengan cuerpo de bomberos, estarán obligados a implementar programas de profesionalización, de reconocimientos y estímulos para ellos.

Además deberán proveer lo necesario para que en un plazo no mayor a 90 días, cada uno de los tragahumos esté inscrito en el ISSEMyM para acceder a seguridad social.

Los legisladores también aprobaron adecuaciones al Código Administrativo estatal y a la Ley Orgánica Municipal, para que las policías municipales tengan la facultad de poder arrestar a los automovilistas que no pasen las pruebas del alcoholímetro, que operará en varias demarcaciones.

De acuerdo con las reformas, un conductor que maneje ebrio o sobrepase los niveles de alcohol permitidos, podrá ser arrestado por la policía municipal 24 horas, sin posibilidad de conmutar esta sanción; en caso de que sea reincidente, el arresto será de 36 horas en las galeras municipales.

Los ayuntamientos deberán proporcionar lugares dignos y limpios a los detenidos, para cumplir su arresto.

De acuerdo con la exposición de motivos de la reforma, con las adecuaciones de pretende disminuir el número de accidentes automovilísticos, que de acuerdo con las autoridades locales, más del 60 por ciento están relacionados con el consumo del alcohol.

A propuesta del PRD, la ley será más estricta para los  conductores del servicio de transporte de pasajeros, de carga o mixto, ya que estos no deberán  presentar ninguna cantidad de alcohol en la sangre o en aire expirado, o síntomas simples de aliento alcohólico y mucho menos de enervantes o sustancias tóxicas. En caso de que las presente será remitido al Oficial Calificador correspondiente y  si al médico de dicha oficialía, quien si  determina el consumo de alcohol y/o las sustancias referidas, se procederá a la cancelación de la licencia de conducir en los términos de la Ley.

 

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