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Redacción

Toluca, Edomex 17 de septiembre de 2020.  La diputada local de Morena, María del Rosario Elizalde Vázquez, presentó este jueves al pleno del Congreso mexiquense, una iniciativa de reformas al Código Administrativo a fin de cancelar la licencia de conducir, a aquellos automovilistas que provoquen un accidente por conducir en estado de ebriedad.

La diputada de Morena informó que los accidentes de tránsito en los dos últimos años, provocados por conductores en condición de aliento alcohólico, han aumentado considerablemente, por lo que es urgente adoptar medidas para inhibir que se atrevan a manejar bajo los efectos del alcohol, pero sobre todo garantizar un derecho de movilidad seguro en calles y avenidas de la entidad.

“De los 365 mil 281 accidentes de tránsito terrestre registrados en 2018 en el país, 14 mil 60 se registraron en el Estado de México, ocupando el séptimo lugar en las entidades con mayor número de accidentes de tránsito”, dijo.

Ese año, añadió, de los 14 mil accidentes de tránsito, más de once mil fueron provocados por el conductor, y en 113 se comprobó que éste iba en estado de ebriedad. Un año antes, habían sido 71, las personas que en estado etílico habían causado accidentes viales.

“Hay una necesidad, cada vez mayor, de la existencia de normas que reduzcan el número de accidentes de tránsito, principalmente, los derivados por la conducción bajo el influjo de alcohol, enervantes, estupefacientes o cualquier otra sustancia tóxica, y que han traído como consecuencias la pérdida de la vida o lesiones permanentes”, refirió la diputada de Morena.

La reforma a diversos artículos del Código Administrativo establece la suspensión y cancelación definitiva del permiso o licencia de conducir al conductor que al conducir un vehículo de motor se encuentre en estado alcohólico o conduzca bajo el efecto de drogas, enervantes, estupefacientes o sustancias psicotrópicas o tóxicas, y que por este hecho ocasione lesiones permanentes o la muerte.

El conductor considerado en este supuesto sería el que presente una cantidad de alcohol en la sangre superior a 0.8 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0.4 miligramos por litro.

Además, el Oficial Calificador dará aviso inmediato a la Secretaría de Movilidad, para que proceda la suspensión o cancelación del permiso o licencia de conducir y se registre en la base de datos correspondiente de acuerdo con la fracción V del artículo 47 de la Ley de Movilidad del Estado de México.

Y establece multa de 50 veces el valor diario de la Unidad de Medida de Actualización vigente y remisión del vehículo de motor al corralón, a quien tenga el permiso o licencia de conducir suspendida o cancelada y conduzca un vehículo de motor en el Estado de México, aun cuando presente licencia o permiso expedido por otra entidad federativa o país.

Con esta medida, dijo,  se busca mejorar el comportamiento de los usuarios de las vías de tránsito y reducir los accidentes de tránsito, así como los traumatismos y muertes ocasionados por estos.

La iniciativa fue turnada a las comisiones de Seguridad Pública y Tránsito, y de Comunicaciones y Transportes, para su análisis, discusión y eventual aprobación.

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