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Toluca, Edomex, 12 de agosto del 2018.- La Secretaría de Finanzas del gobierno del estado de México publico las reglas de carácter general para el cobro del nuevo impuesto a las bebidas alcohólicas, aprobado por el Congreso mexiquense para este 2018.

Este impuesto fue promovido por el PT en la pasada aprobación del presupuesto de egresos del 2018 en diciembre pasado e implica un nuevo gravamen del 5 por ciento a la venta final de las bebidas alcohólicas en todo el territorio estatal.

Mes a mes, todo negocio ubicado en el Estado de México que venda bebidas alcohólicas debe, trasladar, retener y enterar a la Secretaría de Finanzas del estado,  este impuesto a más tardar el día diez del mes siguiente, mediante una declaración en la forma oficial aprobada.

“Deberán trasladar, retener y enterar el impuesto en los casos en donde la enajenación se realice con fines de consumo o posterior venta al público en general, salvo en los casos en los que los compradores tengan como actividad comercial la compra y venta de bebidas con contenido alcohólico, lo cual deberán verificar mediante la cedula de identificación fiscal emitida por el Servicio de Administración Tributaria”, señala el acuerdo publicado por la Secretaría de Finanzas, la tarde del viernes pasado en el periódico oficial Gaceta de Gobierno.

Todos los negocios deberán inscribirse en el Registro Estatal de Contribuyentes.  Cuando el contribuyente cuente con varias sucursales, establecimientos o locales dentro del Estado, únicamente se deberá́ inscribir con los datos correspondientes a la Matriz y presentar en una sola declaración todas las operaciones correspondientes desglosadas por cada uno de sus establecimientos.

Los negocios deberán llevar un registro pormenorizado de las ventas de bebidas alcohólicas, como lo establece el código financiero de la entidad en su artículo 69 , identificando los montos de cada una de las operaciones y las cantidades que integran la base del impuesto.

La declaración del impuesto se hará de forma electrónica, ingresando a la página web del Gobierno del Estado de México https://sfpya.edomexico.gob.mx/recaudacion/, ícono “Declaraciones” apartado “Bebidas Alcohólicas”, rubro “Declaración” capturando su REC y contraseña.

Tratándose de contribuyentes que cuenten con diversas sucursales, deberán pagar la contribución de referencia desglosando, en su caso, la base gravable por cada una de ellas.

Una vez completada la declaración, si los contribuyentes son clientes de la banca electrónica podrán efectuar su pago en línea.

Si los contribuyentes no cuentan con los medios para ingresar al Portal de Internet, pueden asistir a un  Centro de Servicios Fiscales y solicitar a apoyo para realizar la declaración.

Las declaraciones que presenten los contribuyentes, podrán ser modificadas hasta en tres ocasiones mediante declaraciones complementarias, para corregir los datos asentados en la declaración original, siempre y cuando no se haya iniciado el procedimiento de comprobación.

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