Redacción
Distrito Federal. 29 de abril de 2015.- El Estado de México deberá cumplir con la equidad de género horizontal, es decir, las mujeres tienen derecho a ocupar el 50 por ciento de las candidaturas a Presidencias Municipales, sin embargo esto será aplicable hasta la elección de 2018, resolvió este miércoles la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Esta determinación se tomó por 4 votos a favor y 2 en contra, de la magistrada María del Carmen Alanís y el magistrado Manuel González Oropeza. La resolución también incluye a los estados de Nuevo León y Sonora quienes deberán aplicar la equidad de género horizontal a partir de la elección de 2018.

En el actual proceso electoral que se desarrolla en el Estado de México, el PRI mexiquense sólo postuló a 27 mujeres por 98 hombres a las 125 alcaldías que estarán en disputa el próximo 7 de junio. En paralelo, el PAN otorgó la candidatura a la presidencia municipal a un total de 17 féminas; mientras que el PRD, hizo lo propio a favor de 34 mujeres como candidatas a alcaldesas. Muy lejos de una equidad de género horizontal para ocupar las presidencias municipales.
Los partidos políticos participantes en el proceso electoral mexiquense cumplieron con una equidad de género vertical, es decir, una postulación intercalada de hombres y mujeres en la integración de las planillas para la elección de ayuntamientos, entre los cargos de presidente municipal, síndicos y regidores.
“Con gran gusto digo que la obligación de organismos electorales de instrumentar la paridad se deja claro que la interpretación del Artículo 1 de la Constitución es que se debe integrar las planillas con paridad vertical y horizontal. Lo lamentable es que le estamos diciendo a las mujeres que para ellas, hasta el próximo proceso electoral”, lamentó la magistrada María del Carmen Alanís.
En su intervención Alanís precisó que en una comparación dispar, en el Estado de México, hay 14 presidentas municipales frente a 111 alcaldes, en los 125 municipios que conforman la entidad. En Sonora hay 9 presidentas municipales en 72 municipios de la entidad y en Nuevo León hay 4 alcaldesas en 51 municipios.
Como parte de justificar esta decisión, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación argumentaron que ya no era factible modificar la asignación de candidaturas debido a que las campañas ya iniciaron o están muy próximas a arrancar.
En la víspera, el pasado lunes por la Sala Regional de Xalapa del mismo tribunal ordenó en Tabasco suspender las campañas electorales hasta que no se cumpliera con la paridad de género horizontal, es decir que se cumpliera el 50 por ciento de las candidaturas a presidentes municipales para mujeres en los 17 Ayuntamientos.