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Violencia de género. Discusión interminable.

Redacción

El Juez Noveno de Distrito determinó por tercera ocasión que el gobierno federal incumplió la sentencia de un amparo contra el acuerdo del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, el cual rechazó la Declaratoria de Alerta de Género por violencia feminicida en el Estado de México.

El juicio interpuesto por la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (Cmdpdh) y el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), resolvió por tercera ocasión que el Sistema Nacional analice conforme a derecho la solicitud de Alerta de Género presentada por las organizaciones civiles desde 2010.

Ambas organizaciones civiles acusan que el gobierno de Enrique Peña Nieto se niega a declarar la Alerta de Género en el Estado de México, cuya circunstancia fue discutida desde que el actual Presidente era gobernador de la entidad mexiquense.

La Alerta de Género se advierte necesaria, pues cifras oficiales indican que en un lapso de 15 meses, al menos 563 mujeres fueron asesinadas en el Estado de México.

Durante los primeros cinco años de gobierno de Enrique Peña Nieto se contabilizaron 922 víctimas y 99 cuerpos femeninos sin identificar.

En diciembre de 2010 se presentó la solicitud de Alerta de Género para esa entidad, pero un año después, el Sistema Nacional para Prevenir Sancionar y Erradicar la Violencia rechazó la petición realizada por las organizaciones de declarar la alerta de violencia de género en el Estado de México.

Posteriormente, las ONGs se ampararon, declarando un juzgado federal la nulidad de dicha decisión y obligando al Sistema a reconsiderar y sustentar su decisión.

El pasado 19 de junio el Sistema sesionó de nueva cuenta para abordar la procedencia de la declaratoria, pero la medida se declaró improcedente, por 33 votos en contra y tres a favor.

Solamente los institutos de Oaxaca, Tabasco y Baja California votaron a favor de la petición.

Este jueves, 28 de noviembre, el Juez federal determinó el incumplimiento de la sentencia ante la negativa de las autoridades para decretar la alerta de género en el Estado de México.

Por tercera ocasión se ordenó al Sistema Nacional para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres que analice conforme a derecho la solicitud de alerta de género presentada por las organizaciones de la sociedad civil en 2010.

Mediante esta resolución se determina a la autoridad que en un plazo de 30 días se analice nuevamente la solicitud, la cual no podrá considerarse improcedente hasta que no se lleve a cabo la investigación de los hechos afirmados por las organizaciones solicitantes.

 

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