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Redacción

Ciudad de México, 16 de marzo del 2017.- La Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública del Estado de México mantiene divido al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre su legalidad. Aunque cinco ministros han sido muy críticos sobre la constitucionalidad de sus artículos, no han alcanzado los votos necesarios para declarar la invalidez de la norma, más que en un artículo

Hoy los ministros de la Corte aprobaron por unanimidad decretar la invalidez del artículo 40 de la Ley que Regula el Uso de la Fuerza pública y ordenaron su modificación, pues “bajo ningún motivo la fuerza pública puede ser utilizada como primera opción”.

Los ministros  precisaron que debe valer el principio de absoluta necesidad para recurrir al empleo de la fuerza, cuando se resulten ineficaces otros medios no violentos  o no garanticen, de ninguna manera, el logro del resultado previsto.

Indicaron que siempre se debe verificar si existen otros medios disponibles menos lesivos para tutelar la vida e integridad de la persona o los bienes jurídicos que se pretende proteger, antes que el uso de la fuerza.

“En ninguna concepción democrática y basada en los derechos del hombre,

 puede ser concebida como la primera opción a la que pueden recurrir los agentes del orden público en el desempeño de sus funciones” recalcó el ministro Pérez Dayán, ponente del proyecto.

En el análisis de otros artículos relacionados con las definiciones de “agresión inminente”, “legítima defensa” y el uso de mecanismos o herramientas de sujeción, la votación ha sido dividida seis a favor de la norma y cinco en contra,

El más crítico de la Ley ha sido el ex procurador Eduardo Medina Mora, quien ha dejado en claro que su postura es por la derogación de la norma  para dar paso a la creación de una Ley General de Uso de la Fuerza en el país donde fijen criterios comunes a los que se deberán ajustar los estados cuando legislen sobre la materia.

Otras voces críticas a la Ley han sido las de los ministros  Norma Lucia Piña Hernández y Arturo Saldívar, quienes han cuestionado que la legislatura mexiquense no fue clara ni precisa en las definiciones de concepto básicos como “agresión real”, “agresión inminente”, “armas incapacitantes”, entre otras que dejan vacíos legales en una materia tan delicada como el uso de la fuerza.

Los que han aprobado y avalado el proyecto que presentó el ministro Alberto Pérez Dayán son Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Javier Laynez, Margarita Luna Ramos, Jorge Pardo Rebollar y el presidente Luis María Aguilar, quienes han hecho pequeñas observaciones.

El debate sobre la legalidad de la ley  será retomado  hasta el próximo jueves, cuando el pleno de la Corte ya estaría en posibilidades de emitir una sentencia general respecto a la constitucionalidad de esta norma.

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